- ES ES 41091 AHUS 2.09.A.1
- Serie
- 1567-1825
Parte de2. UNIVERSIDAD DE SEVILLA
Los Estatutos de la Universidad de Sevilla de 1565 y con posterioridad los de 1621, establecían que los alumnos que pretendían obtener grados en las distintas facultades de la Universidad de Sevilla, debían demostrar, antes de la realización de los ejercicios de cada grado, su legitimidad y limpieza de sangre. Es decir debían demostrar que eran hijos legítimos, o de legítimo matrimonio, ý que no descendían de moro, judío, hereje o penitenciado.
Los grados para los que era necesario presentar las informaciones eran los de bachiller en Medicina, los de licenciado y doctor en todas las Facultades, y el de maestro en Artes. La justificación de limpieza de sangre se suprimió en todo el Reino y de forma definitiva por Real Orden de 31 de enero de 1835.
Esta serie tiene interés, fundamentalmente, para conocer datos genealógicos de los alumnos de la Universidad de Sevilla, que aspiraban a obtener un grado en la misma.
Los documentos que conforman estos expedientes son:
• Solicitud (“pedimento”) del graduando dirigido al rector, exponiendo su situación académica y el grado que pretende obtener para que el rector “mande despachar carta dirigida a los justicias de la ciudad de... ” para que se hagan las correspondientes informaciones de legitimidad y limpieza
• Informaciones realizadas en los lugares de origen del padre y la madre. Estas “Informaciones” consistían en un interrogatorio a una serie de testigos que confirmaban la pureza de sangre del graduando y de sus familiares remontándose al menos a tres generaciones. Certificados de las partidas de bautismo del solicitante y de sus padres; y certificado de la partida de matrimonio de los padres.
• Certificados de asistencia a cursos o de obtención de un grado anterior, ya que los graduandos debían acreditar también, que habían realizado los cursos necesarios para la obtención del grado al que aspiraban, bien en la propia Universidad de Sevilla o en otra universidad. En este último caso debían incorporar (revalidar) los estudios realizados, en la Universidad de Sevilla
• Auto de resolución, en el que tras ver las “Informaciones” realizadas, el rector y los consiliarios de la Universidad las aprobaban, ordenando el rector que se despachasen los correspondientes edictos para la admisión a los actos del grado, y que una vez aprobado se le confiriera el grado.